Autorizan a Starlink, Amazon y One Web a operar servicios de internet satelital
El Ente Nacional de la Comunicaciones (ENACOM) recientemente intervenido por el Presidente de la Nación (por Dec. 89/2024 del 26 de enero) dictó el 23 de febrero de 2024, las resoluciones N° 1, 2, 3 y 4 que autorizan a las empresas TIBRO NETHERLANDS B.V. SUCURSAL ARGENTINA (filial de Startlink), STARLINK ARGENTINA S.R.L. (propiedad de STARLINK HOLDINGS y SPACEX, radicadas en Holanda), ONEWEB SOCIEDAD ANÓNIMA (filial del grupo británico Eutelsat) y AMAZON KUIPER ARGENTINA S.R.L. (propiedad de Amazon), a operar en los segmentos de frecuencias atribuidos al “Servicio Fijo por Satélite” (SFS) en el territorio nacional y brindar el servicio de internet satelital (entre otros).
El SFS es el servicio de telecomunicaciones prestado a una estación de recepción fija en la tierra que es establecido por intermedio de un sistema de satélites y se utiliza para ofrecer acceso a internet, a telefonía, transmisión de datos y conexión de estaciones terrestres entre sí.
Las empresas ya habían obtenido sus respectivas licencias para la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia, y se encontraban inscriptas en el Registro de Servicios TIC respecto del Servicio Fijo por Satélite. Esos eran los dos requisitos previos que debían cumplir para ser autorizadas a operar.
Según se afirma en las respectivas resoluciones, todas ellas han cumplido con las exigencias del Reglamento de Licencias para Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Anexo I, Res. 697/2017). Ello significa que, entre otros requisitos, han constituido domicilio físico y electrónico donde se considerarán válidas las notificaciones que se les dirijan como licenciatarias de esos servicios en Argentina y que han presentado una declaración jurada sobre el cumplimiento de las normas y especificaciones técnicas relacionadas con los equipos y aparatos de telecomunicaciones que utilizarán.
Desde el punto de vista de los derechos de las y los consumidores de servicios de telecomunicaciones – en particular, de servicios de internet – la existencia de una mayor cantidad de proveedores en un mercado que se caracteriza por su alta concentración, complejidad técnica y geográfica, en el plano teórico, debería redundar en mayores posibilidades de elegir a mejores precios y mejor calidad. Sin embargo, para que ello ocurra se requiere una fuerte política de control de competencia y de prácticas comerciales ilícitas por parte de las autoridades de aplicación – tanto de la legislación específica (ENACOM), como de la legislación de defensa del consumidor (Secretaría de Comercio) -. Según anuncios oficiales, ése punto no estaría dentro de los objetivos del Gobierno Nacional.
Por otro lado, existe incertidumbre en una enorme cantidad de pequeños y medianos licenciatarios de servicios TIC (ver listado general aquí) – en muchos casos PyMES o cooperativas de servicios -, que son intermediarios entre los grandes proveedores y los usuarios en el interior del país, zonas rurales, pueblos y ciudades alejadas de los grandes centros urbanos. Esos “proveedores locales TIC”, al igual que las y los usuarios finales de servicios TIC (residenciales o comerciales), probablemente sufran un fuerte impacto como consecuencias del ingreso de estos nuevos operadores con capacidad de imponer nuevas reglas y condiciones de todo tipo.
Ese escenario podría no significar mejoras económicas para las zonas o regiones del interior, ni tampoco para las condiciones comerciales en las que los usuarios accederán al servicio. La restante cuestión a dilucidar será conocer si, efectivamente, los nuevos licenciatarios contribuirán a una mejora sustancial en la disponibilidad, conectividad y acceso a internet a precios razonables en todo el país.